Abogados Montequinto

¿Cuáles son los trámites en la compra o venta de un vehículo?

Analizamos qué trámites hay que realizar para formalizar la compraventa de un coche, moto o cualquier vehículo y transmitir su titularidad.

 

¿Qué tengo que hacer cuando voy a vender/comprar un vehículo?

 

Desde Abogados Montequinto vamos a exponer una serie de consejos que debemos llevar a cabo para formalizar la venta de un vehículo. En primer lugar, consideramos recomendable documentar la operación a través de un contrato de compraventa, este contrato que debe ser firmado por ambas partes, la compradora y la vendedora, indicaría el momento exacto en que se hace entrega de la posesión del vehículo, debiendo constar exactamente los kilómetros con los que cuenta el vehículo y el día y hora exactos en que se lleva a cabo la entrega de las llaves, entre otros aspectos. Además de todos aquellos factores que fruto de la negociación que acabamos de hacer con el comprador o vendedor consideremos que son importantes dejar por escrito.

 

Una vez que hemos firmado dicho contrato tenemos que tener presente que el vendedor dispone de 10 días para comunicar la transmisión del vehículo a Tráfico (DGT).

 

Asimismo, una vez firmado el contrato, deberíamos comprobar en la entidad bancaria que se ha llevado a cabo la transacción pactada (si no se ha cobrado al contado), así como otros aspectos importantes como por ejemplo que la documentación del vehículo, permiso de circulación, ITV y el impuesto de matriculación estén en regla. Una vez superado este «examen» procederíamos a los trámites para el cambio de titularidad.

 

Para realizar el trámite de cambio de titularidad podremos llevarlo a cabo en la Jefatura de Tráfico o a través de Gestorías, tanto físicas como on-line. El trámite en Tráfico es más económico, si bien conlleva más “papeleo”. También si la operación no es entre “particulares”, sino que uno de los partícipes es un compraventa se puede llevar a cabo el trámite en su establecimiento. Otra diferencia entre realizar el trámite en Tráfico o en gestoría es que en el primero de los casos tienen que estar presentes ambas partes.

 

  • El mencionado Contrato de Compraventa.
  • Hoja de solicitud de transmisión.
  • DNI original del comprador y DNI original (o fotocopia) del vendedor.
  • Permiso de circulación del vehículo.
  • Certificado de Vehículo Libre de Cargas y en el caso de financiación del vehículo habrá previsiblemente que solicitar a la financiera la cancelación de la reserva de dominio.
  • Dependiendo de tu Comunidad Autónoma, como ocurre en el caso de Andalucía, es necesario pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Modelo 621.
  • Por último, aunque no es necesario presentar el Impuesto Municipal de Vehículos de Tracción Mecánica, si es necesario tener pagado el correspondiente al año anterior a la venta y también el Justificante del pago de la tasa de Tráfico.

 

Si no queremos acudir a la Jefatura de Tráfico, podremos realizar estos trámites a través de una Gestoría física u online, también, como se indicó anteriormente si la operación se realiza con un compraventa profesional, éste se encargará de realizar el cambio de titularidad.

 

En cualquier caso, se escoja el medio que se escoja es importante tener presente todos los trámites que se han de pasar, estar al tanto de los impuestos que se han de pagar y ser metódicos a la hora de establecer las condiciones del contrato, revisión de cargas y reservas de dominio y demás aspectos que pueden influir en una compra-venta de vehículos. Desde Abogados Montequinto podremos resolver todas las dudas que surjan al respecto.

 

Contacta con nosotros sin compromiso para cualquier duda que pudiera surgirte.